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Reconversión Monetaria
La Reconversión Monetaria forma parte de una política más general del Gobierno Nacional y el Banco Central, de crecimiento de la economía, desarrollo socio-económico del país y fortalecimiento del Bolívar.
Es una medida de política económica mediante la cual se pretende simplificar la comprensión, uso y manejo del dinero nacional al expresarlo en una nueva escala equivalente.
A partir del 10 de enero de 2008, de acuerdo al Decreto de Ley Reconversión Monetaria, Gaceta Oficial 38.638 del 06 de Marzo de 2007, todo lo que tiene que ver con la economía: precios de bienes y servicios, sueldos y salarios, pensiones, monedas y billetes, depósitos en los bancos, bonos y acciones, alquileres, impuestos, deudas y contratos, entre otros, se expresarán en las cantidades actuales divididas entre mil (o que se correrá la coma tres lugares hacia la izquierda).
Así, todos los valores deberán indicarse en bolívares fuertes desde esa fecha.
La nueva moneda seguira con el nombre de "bolívar" pero, para distinguirla de la unidad actual, durante un período transitorio a la palabra "bolívar" se le añadirá el adjetivo "fuerte", quedando "bolívar fuerte" como denominación temporal. Este se representará con el símbolo "Bs.F."
Una Vez Finalizado el Periodo Transitorio ( Hasta ahora 30-06-2007 serán sacados de circulación, mediante resolución vía gaceta oficial del BCV y circulado por los medios de comunicación masivo; a partir de este momento solo será de curso legal el nuevo cono monetario (Bolívar Fuerte).
A continuación le facilitamos varios documentos con información relacionada a la Reconversión Monetaria
Pulse en el ícono del formato PDF para ver y guardar.
Lo que usted debe saber
Formato: PDF
Peso: 1,37 MB |
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El Redondeo
Formato: PDF
Peso: 1,53 MB |
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Aspectos Básicos de la Reconversión Monetaria
Formato: PDF
Peso: 175 KB |
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No será necesario sustituir las chequeras
Formato: PDF
Peso: 150 KB |
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Exhibicion de precios
Formato: PDF
Peso: 162 KB |
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Redondeo
Formato: PDF
Peso: 152 KB |
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Pulse aquí para hacer uso del convertidor de Bolívares a Bolívares Fuertes.
El proceso de Reconversión se iniciará
6 de Marzo 2007:
Decreto Ley de Reconversión Monetaria, emanado del Gobierno Central y regulado por el Banco Central de Venezuela.
1 de Octubre 2007:
A fin de facilitar el aprendizaje de las equivalencias, a partir del 1º de octubre de 2007, todas las ofertas de bienes y servicios, como tarifas y comisiones, matrículas escolares, publicidad, avisos clasificados, servicios públicos, alimentos, entre otros, deberán indicarse tanto en bolívares actuales como en "bolívares fuertes". Ejemplo: Bs. 180.953 / Bs.F. 180,95.
1 de Enero 2008:
A partir del 1º de Enero de 2008 comenzarán a circular las nuevas monedas y billetes. Durante un período no menor a seis meses, circularán simultáneamente con los bolívares actuales; es decir, el público .
Para mayor información visite: Reconversión Monetaria
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